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jueves, 15 de abril de 2010

Opiniòn: Democracia, un mandato internacional

Miguel Angel Espeche Gil
para LA NACION

EL sistema interamericano (desde 1948, la Organización de los Estados Americanos, OEA) sostiene, al menos declarativamente, la adhesión a la vigencia efectiva de la democracia representativa, reflejando las aspiraciones de la gesta emancipadora cuyo bicentenario conmemoramos este año.

Las sociedades reclaman que los derechos, las garantías y el respeto del ejercicio de los poderes establecidos en las constituciones sean realidades. Avances y retrocesos se han dado en casi todos los países, pero el rumbo hacia la concreción de esas aspiraciones se mantiene constante.
Los Estados que, coyunturalmente, pasan por etapas de retroceso de sus instituciones -los menos, felizmente- son vistos como socios de segunda clase.
La vigencia efectiva de la democracia representativa es condición sine qua non para que los gobiernos de los Estados americanos sean admitidos en los órganos del sistema.
Uno de los instrumentos internacionales de mayor relevancia es la Carta Democrática Interamericana, aprobada en 2001, un avance notable en el desarrollo progresivo del derecho internacional.
Si bien formalmente no es un tratado, toma en cuenta los avances del derecho consuetudinario, extendiendo a los Estados miembros la obligación de respetar los derechos y garantías reconocidos en las constituciones nacionales.
El incumplimiento de las obligaciones incorporadas en la Carta afecta expresamente a todos los Estados miembros y posibilita que las alteraciones del orden institucional interno, que vulneran, a la vez, el orden público general interamericano, sean ventiladas en los foros del sistema.
Significa también que personas, partidos u otras entidades pueden legítimamente comunicar a organismos de la OEA o a gobiernos de los Estados miembros eventuales transgresiones a la Carta Democrática sin que ello signifique desconocer la vigencia del principio de no intervención en los asuntos internos. Por el contrario, contribuirá solidariamente a la salud cívica en el continente y a inhibir y prevenir tentaciones de poder absoluto, avasallamiento de libertades y vulneración de la independencia de los poderes constitucionales. Esto hace, asimismo, al fortalecimiento de las garantías para la defensa de los derechos humanos ante la Comisión y la Corte de San José de Costa Rica.
Como la Carta es poco conocida, su estudio debería incorporarse al currículum de todas las facultades de Derecho.
En la Unión Europea, todos los Estados, inclusive los que guardan las formas de reinos, son, en realidad, republicanos y democráticos. Las libertades públicas, la separación e independencia de los poderes, las elecciones libres y genuinas, la periodicidad del ejercicio de las magistraturas, el Estado de Derecho, el acceso a la Justicia (nacional e internacional), los derechos fundamentales y los derechos humanos rigen efectivamente.
En Europa, el cumplimiento obligatorio de esos requisitos para pertenecer a la Unión no se considera incompatible con la soberanía nacional.
Pese a sus regresiones, la gradual madurez institucional del sistema interamericano se va perfilando, con elementos de ley próxima a dictarse, en las labores del Comité Jurídico Interamericano, como la propuesta de atribuir al fraude electoral el mismo carácter ilícito internacional que tienen los golpes de Estado que derrocan gobiernos legítimos.
Tan ilegítimo es un gobierno surgido de un golpe de Estado como el que resulta del fraude electoral; la historia política de nuestro país ha sido signada por la lucha por la libertad y la limpieza del sufragio y el respeto a sus resultados.
Fuente: lanaciòn.com

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