La actuación judicial debe basarse siempre en el cumplimiento de las leyes antes que en las presunciones o sentimientos cambiantes de la sociedad.
Desde hace un tiempo a esta parte, ha surgido en nuestro país algo que veinte años antes ya había tenido lugar en Estados Unidos y Europa.Las víctimas se han convertido en un nuevo grupo de presión.
¿Qué pretenden? Algunos podrán responder que justicia, otros dirán que buscan simplemente venganza, en ambos supuestos está justificada su pretensión. ¿Qué otra cosa podría exigirse a alguien que ha sufrido un dolor injusto? Sin embargo, esas pretensiones vienen acompañadas de razonamientos acerca de los remedios a los males que han sufrido . Y así se comienza a criticar a los encargados del tratamiento de las cuestiones.
La reciente suspensión en sus funciones del Juez de San Isidro Rafael Sal Lari, llama a las siguientes reflexiones. Es comprensible que ante la soltura de un sospechoso la víctima reclame por esa circunstancia. Pero lo que no es racional es que se ponga a explicarle a un juez cómo deben interpretarse los mandatos constitucionales. Nuestra Constitución establece que nadie puede purgar una pena sin juicio previo. En la Provincia de Buenos Aires casi el 80% de los presos no tienen condena firme, es decir, están cumpliendo una pena sin juicio previo . Esta es una anomalía que puede llamarse de una sola manera: se está incumpliendo groseramente con la Constitución.
La “solución” que proponen las víctimas es que los jueces, avizorando la peligrosidad de quien ha delinquido, impidan su excarcelación para, de esa manera, evitar que el sospechoso (hasta ahora es sólo eso) repita su conducta socialmente dañosa ; es decir, para que no vuelva a matar, para que no vuelva a robar, etc.
Se exige del juez “sentido común” para “darse cuenta” que una determinada persona seguramente va a volver a delinquir. “Saber” esto (con “sentido común”) encubre un claro prejuicio.
Los ciudadanos nos ofendemos cuando se nos acusa de “prejuiciosos”, pero ¿ qué puede decirse de aquellos que predicen conductas sin base científica alguna? No se trata de médicos que prevén la evolución de una enfermedad o de astrónomos que predicen cuándo aparecerá tal cometa. Se trata simplemente de anticipar conductas porque en nuestra cabeza tenemos un estereotipo del delincuente que es muy difícil desarraigar.
¿Los jueces deben compartir esos prejuicios? Algunos dirán que sí (“los jueces deben vivir la realidad”), otros diremos que no (“los jueces deben garantizar en los hechos los derechos que la Constitución consagra como norma”). Si bastara el “sentido común”, sobrarían las universidades. Las “soluciones” que proponen las víctimas (cuando se dirigen a los jueces, y no cuando se dirigen al prójimo recomendando cómo cuidarse) no son el camino que obliga a transitar la Constitución.
No creo vano enfatizar que los que portan pancartas con el lema “basta de jueces garantistas” están pretendiendo que se cambie la Constitución. ¿Es legítimo pretender eso? Por supuesto que lo es, pero debe tenerse en cuenta que es la Constitución y su capítulo sobre derechos y garantías la que nos protege a todos de los abusos de poder.
En definitiva, un sistema en donde prima la ley y no el cambiante sentido común de cada persona (gobernantes incluidos).
Fuente: clarin.com
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