Es necesario avanzar hacia un régimen para adoptar menores que contemple, ante todo, el derecho del niño a crecer en una familia.
Nuestra experiencia y la crónica diaria dan cuenta de una realidad de humillación, abandono y penosa privación de nuestros niños, que contrasta cada vez más con las declaraciones altisonantes de legisladores y políticos en torno de los derechos del niño, garantizados por convenciones internacionales y disposiciones constitucionales.
Sólo en la ciudad de Buenos Aires y el Gran Buenos Aires, hay alrededor de 6000 familias anotadas en los registros de adopción; no hay, en cambio, como lo hemos denunciado reiteradamente, registros de niños en condiciones de ser adoptados. Se sabe sí, según el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que hay 8625 niños y niñas en institutos y que de éstos sólo el 12 por ciento lo está por delitos, mientras que el resto está institucionalizado por motivos tutelares, por ser víctima o, en definitiva, a causa del abandono y la pobreza.
El interés del niño, sobre el que tanto se declama, a menudo es utilizado para satisfacer ansias antinaturales de paternidad, para el negocio de la venta de menores o para cobrar una pensión o subsidio en su nombre, se ve muchas veces postergado.
Resulta evidente que no es lo mismo que un niño crezca en una familia sustituta o que lo haga en un instituto. El 40 por ciento de los chicos que pasan por los institutos terminan presos más adelante. Para terminar con este sistema nefasto, la adopción es el mejor de los caminos.
En esa línea avanza un proyecto de reformas al régimen de adopción presentado el año pasado por los diputados Cynthia Hotton, Esteban Bullrich, Liliana Bayonzo, Silvia Storni, Hugo Rodolfo Acuña, Julián Martín Obiglio, José Ricardo Brillo, Ivana María Bianchi y Enrique Luis Thomas, que cita incluso a la senadora Liliana Negre de Alonso cuando se pronuncia en favor de un proceso de "desinstitucionalización" en lo que respecta a los institutos de menores
La iniciativa tiene la virtud de llamar las cosas por su nombre: el niño tiene un derecho humano a crecer en una familia, y la adopción unipersonal debería ser sólo admisible en caso de que no existan cónyuges interesados en adoptar a un niño; en ese caso, el juez podrá optar como adoptante a una sola persona, mayor de 25 años y por lo menos 18 años mayor que el adoptado, salvo cuando el cónyuge supérstite adopta al hijo adoptado del premuerto. De todas maneras, y más allá de situaciones particulares, el derecho del niño a una familia regular es innegable.
Se propone un régimen de prioridades en materia de niños por adoptar, se mantienen la autoridad y decisión del juez, se propone reducir la edad de los adoptantes, establecer la obligación de residencia en el país durante cinco años, cuidar la unión de los hermanos biológicos y respetar la elección de la madre biológica de determinados adoptantes. Se prevé que la madre podrá dejar a su niño en las dependencias policiales, de bomberos, judiciales o similares, sin cometer delito de abandono de persona. Esta sabia iniciativa debería combinarse con el registro de niños que se propuso desde esta página en su momento y que relevaría la información de todos esos lugares, más los establecimientos médicos y de asistencia social de todo tipo.
El abandono se configura, además de las hipótesis habituales, por la desatención del niño institucionalizado durante seis meses, considerándose incursos en él a los padres que por tres veces interrumpieran el plazo en fecha cercana a su vencimiento. Es que hay padres que prolongan la situación para poder seguir cobrando un beneficio social, y el niño sigue sin hogar y en una escuela de delito.
En cuanto a los padres biológicos, en el caso de los embarazos no deseados, se le da a la madre el derecho a no ejercer su maternidad luego del parto si no lo desea, se la apoya psicológicamente para intentar mantener el vínculo, pero sólo si la madre lo desea. El vínculo biológico es muy importante, pero no debe convertir a los niños en rehenes de sus padres, no puede primar sobre el interés del niño y su derecho a una familia, como bien ha dicho la Corte Suprema en recientes pronunciamientos.
Respecto de los institutos, los obliga a elevar informes cada seis meses sobre los niños y jóvenes internados. Se trata, en definitiva, de dar un corte a la escandalosa brecha entre las familias en condiciones de adoptar y los niños adoptables. Brecha que a menudo no se cierra por razones ideológicas, como se ve en la forma de actuar de ciertas instituciones del Poder Judicial y de la administración pública y, en ocasiones, del ministerio público de la defensa de menores, cuyos resultados, a través del argumento de que hay que evitar el tráfico de niños o que hay que dar una oportunidad más a los mayores, son la prolongación de las definiciones por tiempos insoportables para los niños. Otras veces, las razones son burocráticas o, lo que es peor aún, meros intereses económicos.
Los niños excluidos deben ser incluidos, tienen un derecho humano a que sea en el seno de una familia, y es deber de la sociedad y del Estado velar por que ello se cumpla. La adopción es el mejor camino y el Congreso de la Nación debería allanarlo.
Fuente: lanacion.com
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